Who were the real winners in all this? I know for sure who the losers were. We were!
No matter what the outcome of the courts decision was, we were going to be the losers no matter what?
Even the judge had no love for the AA Constitution, but according to the law of the land there was nothing that could be done.
Before God it was a disgrace, and time will only tell.
Does our President when he gets back from his trip to Chile start to remove Pastors left or right, or does he step up to the plate and start to lead for once.
Bury all the old behind and start from scratch, pull everyone together, even if their opinion wasn't yours.
This all happened for reason, and you my dear President is your job to try to find out why it did happen, and to lead us out from all this.
My Prayers are for you. I know it won't be an easy task. Take the reins, but only with love and humbleness.
Tuesday, March 11, 2008
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12 comments:
The ultimate measure of a man is not where he stands in moments of comfort and convenience, but where he stands at time of challenge and controversy."
Dr martin Luther King Jr
"Power Concedes nothing without an demand, but power won`t even concede to a demand, if the demand is coming from an weak constituency that looks like they lost their testicular fortitude!!!"
Frederick Douglass
Testicular fortitude!!!"
We as men in the AA have gone on long enough without the testicular fortitude to stand up and voice out the unjustices that have gone on in the AA long enough.
Bishops, Pastors, and some of their offspring have destroyed Family, friends and humble hermanos, while we have stood with the fear inbedded in us since the start of time. "Don't go up against God's Anionted"
We have kept quiet long enough while seeing all the injustice.
While this so call "Men of God"..."God's Anionted" go around prancing in their expensive suits, 1st class air fare, all their expensives paid, and for family too. Touching young ladies the wrong way even at the General Headquarters, and they are still held in high esteem.
Men of the AA its time to grow some and make things right.
The GB is totally distance from bishops and elders, the bishops are totally distance from elders and pastors, the elders are totally distance from pastors and ministers, the pastors are totally distance from ministers and members the ministers are totally distance from members and souls and members are totally distance from souls and the reality of this organization, were are doom.
What is sad is you playing golf there in Corona with your Pastor EP.
¡¡ATENCION PASTORES!!
La deshonorable mesa directiva se defiende en sus declaraciones del 21 de febrero, diciendo que el CID fue presentado para su aprobación a obispos y pastores.
Los que están deshonestamente en el mísmo nivel de moral que ellos (mesa directiva y comisión calificadora) y que los defienden, aluden a lo mísmo.
PERO NO IMPORTA que se trate del presidente, porque desde el presidente, hasta el pastor más humilde, TODOS DEBEN SUJETARSE A LA CONSTITUCION exactamente de la misma manera.
El presidente TENIA QUE haber pasado el CID por el proceso que marca el artículo 75 de nuestra constitución. El inciso I, dice: "Las propuestas-iniciativas, son el instrumento para enmendar, crear o eliminar artículos de la Constitución de la Asamblea Apostólica, y DEBERAN INICIALMENTE (énfasis agregado) entregarse al Obispo Secretario General quien, en su DEBIDO ORDEN (énfasis agregado), las presentarán a la reunión ministerial de la Convención General, para estudiar si deben recibir una resolución inicial de proceso".
NADA DE ESTO SE HIZO, quedando el CID como un documento QUE AÑADE conceptos al artículo 5 de nuestra constitución, inciso II, lo cual significa que el CID provoca una enmienda a la constitución, y crea nuevos conceptos que se añaden al mismo artículo 5, inciso II.
Esto obligaba a que el CID, TENIA QUE HABER PASADO POR EL ARTICULO 75, sin importar que el CID fuera creado por orden del presidente a Martín del Campo.
Por otro lado, ya que los deshonestos de la mesa directiva, y los deshonestos que los defienden, insisten en que fue aprobado por obispos y pastores. Pues bien, vamos a ver de forma precisa, QUE ES LO QUE SE APROBO. (haciendo de momento a un lado la realidad de que el CID NO ES constitucional de acuerdo al juez y al artículo 75).
Primero: De acuerdo a la declaración de Sánchez del 21 de febrero, él dice que le pidió a Martín del Campo, y a Eddie "el 2 votos", que interpretaran de manera clara las palabras capacidad, idoneidad, y derecho. También quedó escrito que le pidió a Martín del Campo que "DEFINIERA CLARAMENTE EL LENGUAJE DE LOS TERMINOS, capacidad, idoneidad, y derecho". ¡¡ATENCION!! Por eso, Martín del Campo NO INCLUYO VOTOS en su documento (digo su documento, porque en él no aparece el nombre de Eddie "el 2 votos"). Y
¡¡ATENCION!! Sánchez también le había pedido previamente a Luciano Montes que hiciera lo mísmo, pero como Luciano Montes fue honesto INCLUYENDO LOS VOTOS EN EL DOCUMENTO, pues Sánchez ni caso le hizo al documento ORIGINAL del CID, porque ya tenía planeado IGNORAR LOS VOTOS DE LOS PASTORES. Y el CID que le hizo Martín del Campo ESE SI LE GUSTO porque se prestaba para cumplir la CONSPIRACION Y EL FRAUDE QUE YA TENIA PLANEADO JUNTO CON VALVERDE.
Segundo: El nefasto documento se hizo, lleno de AMBIGUEDADES, que se presta para usarlo como se les antoje. Y ¿Qué es lo que contiene entonces el CID? Respuesta: La interpretación personal de Martín del Campo de las palabras capacidad, idoneidad, y derecho, que es EXACTAMENTE Y UNICAMENTE lo que Sánchez le pidió.
Tercero: La interpretación de las palabras capacidad, idoneidad, y derecho, le fue presentada a los obispo y pastores.
Cuarto: Así que, lo que los obispos y pastores APROBARON fue UNICAMENTE LA INTERPRETACION del lenguaje de las palabras, capacidad, idoneidad, y derecho; NADA MAS!!!
Quinto: Eso significa, que EL RESTO del contenido del artículo 5, inciso II, QUEDO INTACTO, VALIDO Y VIGENTE, Y POR LO TANTO LA COMISION CALIFICADORA LO DEBERIA DE HABER OBEDECIDO AL PIE DE LA LETRA en las Elecciones de Noviembre del 2006,
Es decir, que en PRIMER LUGAR, deberían de haber tomado en cuenta a los que obtuvieron EL MAYOR NUMERO DE VOTOS, pero ellos IGNORARON los votos de los pastores, y deberían de haber escogido de 2 a 5 de los que habían obtenido el mayor número de votos.
Pero, ¿Qué es lo que hizo la comisión calificadora? IGNORANDO los votos de los pastores, ellos empezaron a votar por cada uno de los nombres que les fueron enviados por los 5 de la comisión electoral que contaron los votos, y dicen en sus declaraciones del 21 de febrero.
Que NO FUE APROBADO NINGUNO QUE NO HUBIERE RECIBIDO DE ELLOS (mesa calificadora) EL MAYOR NUMERO DE VOTOS. Ahí, en ese momento, desecharon a quienes ellos quisieron, y pusieron a quienes ellos ya habían planeado poner, tomando como excusa el nefasto CID, para cometer fraude, y consumar la conspiración planeada, la mentira, la hipocresía, actos ruines, sucios, anticristianos, de sucia política, así como los impíos del mundo.
Haciéndole gran daño a los pastores, que por Obra del Espíritu Santo, a través de los pastores, habían quedado elegidos LEGITIMAMENTE!!!
Es esto HONESTO, y CRISTIANO? Yo no se cómo pueden festejar la decisión del juez, y decir que "fueron justificados" por el juez, y considerar su fallo como un triunfo.
Debería de darles verguenza, pero eso sería ESPERAR MUCHO DE ELLOS Y DE LOS QUE LOS DEFIENDEN. Pero el Juez de jueces, condenatoriamente para ellos, NO LOS JUSTIFICA!!!
Pastores, ABRAN LOS OJOS, únanse a esta lucha que NO ha terminado. ¿Sabrá este juez la constitución mejor que los pastores? ¿Estará bien que le haya dado más valor a lo que NO está escrito que a lo que SI está escrito para tomar su decisión?
¿Que no se supone que todo lo que se hace se debe de hacer en APEGO escrito como marca la constitución? El presidente Sánchez violó el artículo 39, inciso I (entre otros), el cual dice: "El Obispo Presidente, al ser electo, para ser confirmado en su puesto, deberá protestar públicamente, a cumplir con todos los ordenamientos establecidos en la presente Constitución"...
El artículo 75 es un ordenamiento establecido para ENMENDAR o REFORMAR la constitución, y Sánchez lo violó. Y finalmente, él, Valverde, y resto de la comisión calificadora, VIOLARON LA CONFIANZA DE LOS OBIPOS Y PASTORES al DARLE EL USO AL CID,sin integridad ni temor de Dios, de una forma QUE NUNCA EXPLICARON A LOS OBISPOS Y PASTORES!!!
Constitucionalmente, el voto tomado a los obispos y pastores, NO TIENE NINGUNA VALIDEZ, por lo antes explicado, ya que el CID no pasó por el proceso constitucional
del artículo 75.
Y lo que especialmente hace que el CID se haya estado usando ilegalmente de acuerdo a nuestras leyes constitucionales, es la forma SIN INTEGRIDAD NI HONESTIDAD en que lo han usado.
Que NUNCA!! advirtieron que lo harían asi, como ahora nos hemos dado cuenta. Y eso porque fueron obligados por el juez, a fuerzas tenían que explicar el proceso que ellos siguieron, y ahora quedaron expuestos, y descubiertos ante ustedes los pastores.
Pastores, ABRAN LOS OJOS, hagan conciencia de lo que son capaces de hacer nuestros máximos líderes.
Unanse, la unión hace la fuerza, busquen, llamen por teléfono, contáctense con nuestros hermanos que hicieron posible que a la mesa directiva se le llame a cuentas.
La lucha no ha terminado, apenas comienza, sabemos que no ha sido fácil, pero con la ayuda de Dios y el apoyo de ustedes, SERA POSIBLE LA JUSTICIA!!!
IV. Some of the main goals of our Constitution are:
A. THE WELL-BEING OF THE CHURCH.
Through obedience to its biblically inspired norms, the Constitution aims to create a healthy organizational environment, where respect, love, and mutual assistance stimulate the spiritual, numerical, and economic growth of apostolic congregations (Ephesians 4:16).
The Constitution does not intend to create a poisonous and suffocating bureaucracy, but rather the order of God that protects and nurtures the spiritual health of local churches.
B. THE UNITY OF THE CHURCH.
The Constitution aims to protect the unity of the Church from the continuous attacks of the enemy, which attempt to weaken, distract, or discredit it. (John 17:23).
C. THE FAITHFULNESS OF THE CHURCH.
The Constitution aims to keep the life and thoughts of the Apostolic Assembly centered on Christ. Our worship, evangelism, Christian education, and social service should be Christ-centered (1 Corinthians 3:11).
D. THE LEGALITY OF THE CHURCH
The Constitution provides a legal framework for churches to develop their ministries in fulfillment of federal, state, country, and local laws of the United States of America. This framework also promotes respect for the laws of each country with missionary works.
Quote from the constitution.
THE Constitution it self is some what good. It is what the HGB have done to discredit it with their back room and strong arm tactics, and the introduction of the CID.
We the church not only need protection from the ememy now, but its seems now that we need protention from the HGB. If we voice a different opinion then theirs, we get blackballed.
When 3 members of the HGB are in the QC, is that not a conflick of interest? Thats almost like sending the foxes to take care of the hen house.
Why didn't the CID apply to the board member with a shady past? Thats almost like having Jessie James guard the Bank.
We have not heard much about the two Bishops involved in all this. Guzman and Gaxiola. Can they lift up clean hands in all this?
ATENCION PASTORES – DECLARACION DE MISAEL J. ZARAGOZA. Marzo 29 del 2008.
En el párrafo 3, página 2, Misael Zaragoza escribe que la Comisión Electoral fue nombrada en Noviembre 23, 2006, un día antes de la Elección, de acuerdo con el Artículo 4, II de la Constitución de la Asamblea Apostólica de la Fe en Cristo Jesús (En este libro “Constitución de la ASAMBLEA APOSTOLICA”).
El propósito de Misael Zaragoza, al escribir – “de acuerdo con el Artículo 4, II de la Constitución” – Es hacer creer al juez que en todo lo que hicieron en el proceso electoral, fueron muy apegados a la constitución (lo cual se ha estado probando a ustedes los Pastores que sí conocen la constitución, que eso no es verdad).
En el párrafo 5, página 2, Misael Zaragoza escribe: En la Elección de Noviembre del 2006, candidatos para cada posición en la Mesa Directiva General fueron seleccionados por el ministerio presente, escribiendo en boletas de manera secreta.
Ahora sabemos que ése fue el único tiempo en que a los Pastores se les permitió seleccionar precandidatos, siendo víctimas de engaño, ya que de acuerdo a las declaraciones de Sánchez y Martín del Campo, la verdadera selección la hizo la Comisión Calificadora, cuando solamente la mayoría de votos de ellos (Comisión Calificadora), fue lo que contó para seleccionar precandidatos.
Misael Zaragoza escribe que – “candidatos para cada posición fueron seleccionados por el ministerio presente” – Para hacer creer al juez que los ministros participaron en común acuerdo, en armonía, y en apego al Artículo 4 de la constitución – Cuando en realidad, los Pastores ignoraban que sus votos estaban siendo ignorados por la Comisión Calificadora, especialmente, y premeditadamente, en cada primera ronda de votos.
Aquí cabe hacer una observación muy importante e interesante – Todos los Pastores que lean éste análisis, y que estuvieron presentes. Haciendo memoria de los acontecimientos, estarán de acuerdo en que Misael Zaragoza, cuando anunció la Presidencia, él dijo que por mayoría de votos, Sánchez había sido electo Presidente. Y cuando anunció la Vicepresidencia, él dijo que por mayoría de votos, Valverde había sido electo Vicepresidente.
O sea, los Pastores, ignorando lo que especialmente Sánchez y Valverde habían planeado, esto es, ignorar los votos de los Pastores – Inocentemente, y pensando que el Proceso Electoral se estaba haciendo con honestidad y apego a la constitución – Pues votaron en su mayoría por Sánchez y Valverde.
Y ¡Atención!, tratándose de ellos dos, fueron las únicas dos veces que los votos de los Pastores sí fueron tomados en cuenta - ¡Pero!, de Secretario en adelante, sólo contaron los votos de los cinco de la Comisión Calificadora, y el anticonstitucional CID, que usan como excusa para poner a quienes ellos quieren.
En el párrafo 6, página 2, Misael Zaragoza escribe – “Las boletas escritas identificando todos los ministros escogidos como candidatos para cada posición en la Mesa Directiva General fueron colectadas por la Comisión Electoral y fueron contadas. Los nombres de cada ministro electo para cada posición en la Mesa Directiva General fueron provistos a la Comisión Calificadora”.
Muy sutilmente, Misael Zaragoza usa expresiones como – “ministros escogidos como candidatos” – “Los nombres de cada ministro electo”… Para una vez más hacer creer al juez que los Pastores hicieron la parte que les correspondía en apego a la constitución – Y que al ser entregados los nombres a la Comisión Calificadora, ellos iban a hacer la parte que a ellos les correspondía en apego a la misma. Pero ahora sabemos que calificaron exclusivamente por los votos de ellos cinco, y dependiendo exclusivamente del CID.
El juez dice en la página 3, bajo Finding Number 5: Esta Corte encuentra que la Constitución requiere a la Comisión Calificadora que tome a su cargo dos pasos de proceso. Primero, la Comisión Calificadora determina cuales nominados recibieron el mayor número de votos (énfasis agregado). Una vez que este conjunto de nominados es identificado de entre todos los nominados, la Comisión Calificadora debe “considerar” la capacidad, idoneidad, y derecho sólo de aquellos nominados que están en el conjunto (identificado) – (adición añadida para mejor comprensión).
¡Atención! En la contradicción del juez – La Constitución está en silencio sobre cómo la Comisión Calificadora está para determinar cuáles nominados en el conjunto son para ser aprobados como candidatos.
¡Atención!, otra contradicción – En particular, no hay un requerimiento Constitucional de que la Comisión Calificadora apruebe solamente nominados con el mayor número de votos.
¿Qué no acababa de decir que la Corte encuentra que la Constitución requiere (énfasis agregado) que la Comisión Calificadora tome a su cargo dos pasos de proceso. Primero, que la Comisión Calificadora determine cuáles nominados recibieron el mayor número de votos? (énfasis agregado).
Una Pregunta para los Pastores - ¿Sería muy difícil, un gran problema, un misterio para la Comisión Calificadora, determinar quienes recibieron un mayor número de votos entre los que recibieron arriba de doscientos votos, arriba de trescientos votos – Contra los que recibieron de dos a cuatro votos aproximadamente, en la Primera Ronda de votos?
Otra Pregunta para los Pastores que sí conocen la constitución – En apego verdadero a la misma - ¿Qué no está muy claro y definido en el Artículo 5, inciso II, que la Comisión Calificadora tomará en cuenta (énfasis agregado), de aquellos ministros que hayan obtenido un mayor número de votos (énfasis agregado), su capacidad, idoneidad y derecho, y aprobará (NO DICE QUE VOTARA – aclaración agregada) de dos a cinco de ellos como candidatos…?
Otras Preguntas para los Pastores - ¿Qué no dice el Artículo 20, inciso I, que la Mesa Directiva General.. Velará porque los acuerdos, planes y proyectos aprobados por las Convenciones Generales… se cumplan? De acuerdo al Proceso del Artículo 75 - ¿Qué no se lleva a veces hasta dos años para que finalmente quede una enmienda en algún Artículo o inciso de la Constitución para que las cosas se hagan exactamente como quedó la enmienda, para evitar un anarquismo, o sea, un desorden por una ideología que desecha toda autoridad?
En éste Caso, la Mesa Directiva General, y la Comisión Calificadora, han desechado la Autoridad de la constitución – Y la Autoridad de la elección por medio del voto Pastoral que la constitución le otorga a los Pastores en el Artículo 4, inciso VI, en donde dice que la selección de los candidatos a los ocho puestos de la Mesa Directiva General, se hará por el voto secreto de todos los votantes (énfasis agregado) (No por los votos de únicamente los cinco de la Comisión Calificadora – adición con énfasis agregado). Y Misael Zaragoza los está respaldando en todo el Fraude que cometieron.
En el párrafo 7, página 3, Misael Zaragoza escribe – Después de que la Comisión Calificadora determinó cuáles candidatos fueron calificados para ser nominados para cada posición en la Mesa Directiva General, yo fui provisto con la lista de los nombres de los nominados. Una vez más, sutilmente, Misael Zaragoza quiere hacer aparecer ante el juez, como que todo se hizo de manera Honesta y Legal.
¡Atención Pastores!, otra contradicción del juez, en el inolvidable 10 de Marzo del 2008 – En la página 3, bajo Finding Number 6, dice – La Corte encuentra que no hay prohibición Constitucional en contra de la Comisión Calificadora usando el CID o cualquier otro documento o guía en la consideración de la capacidad, idoneidad y derecho de un nominado.
O sea que, si la Comisión Calificadora, decide usar una revista del Pato Donald, o de Mickey Mouse para calificar, lo pueden hacer, según eso, no hay prohibición constitucional en contra de ellos para que usen el escrito que se les antoje.
Pastores - ¿El Artículo 75 de nuestra constitución, apoyará esta declaración del juez?
He aquí la contradicción del juez sobre el CID – En la página 4, abarcando los números 18 al 20 del margen izquierdo, él dijo: Está visto igualmente para esta Corte que el CID no fue incorporado en la Constitución por la vía de una enmienda (énfasis agregado).
¡Atención Pastores! Si el juez reconoce y declara que el CID no pasó por el proceso de enmienda - ¿Cómo es que declara antes, que no encuentra ninguna prohibición constitucional para que se use?
Ahora reflexionemos en lo siguiente - En el segundo set, sometido a la Corte por los Plaintiffs el 28 de Febrero, empezando desde la página 1 que dice: REPLY BRIEF IN SUPPORT OF SETTING ASIDE THE ELECTION DATED NOVEMBER 24, 2006 AND ORDERING A NEW ELECTION.
En la sección de Introducción, página 2, refiriéndose al CID, dice: El cual nunca fue adoptado de manera apropiada como un documento oficial para su uso en un Proceso Electoral.
En el párrafo 16, página 3, declararon: La Constitución no da autoridad a la Comisión Calificadora para basarse en el CID.
En la parte superior de la página 4, dice: En orden de que el CID fuera usado como un método para sentar normas por las cuales los candidatos sean juzgados, sería necesario enmendar la Constitución de acuerdo al Capítulo XXII, Artículo 75 (énfasis agregado).
En los párrafos 8, 9, y 10 de la página 3, Misael Zaragoza, una vez más, sutilmente, se toma el tiempo para describir al juez, procesos que se llevaron a cabo – Pero lo que el juez no supo, es que Misael Zaragoza estaba explicando lo que pasó, pero después de la Segunda Ronda de votaciones. Misael Zaragoza no describe para nada, cómo se le hizo después de la Primera Ronda de votaciones, que fue en donde se cometió la principal parte del fraude electoral.
De hecho, en el párrafo 8, página 3, Misael Zaragoza miente al decir que los nominados para la primera posición de la Mesa Directiva General fueron expuestos a los ministros y se les pidió que presionaran en el aparato electrónico el número correspondiente para cada nominado – Ya que no hubieron nominados para una Segunda Ronda de votos para elegir Presidente. Después de la Primera votación, Sánchez fue declarado electo por mayoría de votos.
En el párrafo once, página 3, Misael Zaragoza miente de nuevo al decir que la computadora usada para contabilizar la votación final estaba a la vista (cuando en verdad estaba como el arca del pacto, o sea, detrás de cortinas, oculta a la vista hasta de él mismo, como dentro de un Tabernáculo).
Y luego dice que no parece que hubiera ninguna irregularidad con el proceso de conteo (o sea, que para Misael Zaragoza, no hay ninguna irregularidad con el hecho de que el conteo no se haya hecho como define la Constitución en el Artículo 4, incisos VII, VIII, y XII).
Y como el juez no conoce la constitución como el Caso lo amerita y requiere – En el párrafo 12, página 4, Misael Zaragoza le escribe al juez, que en ningún tiempo durante la elección del 2006, él recibió una objeción, pregunta o preocupación acerca del proceso de elección o el uso de una computadora para el conteo de los votos finales.
Cuando el Artículo 5, inciso V, define que las objeciones se hacen ante la Comisión Calificadora, y que ninguna objeción será presentada ni discutida ante el pleno de la asamblea.
Sin embargo, sí hubo un Pastor que intentó objetar ante la Comisión Calificadora, sobre la candidatura de Joel Montes – Llevando Pruebas de que estaba en violación de la Constitución por no tener la propiedad de la iglesia a nombre de la Asamblea, como define el Artículo 30, y por lo tanto no podía ser calificado – Pero Samuel Valverde no le permitió entrar.
Y para cerrar ésta “interesante declaración”, finalmente, Misael Zaragoza, en una actitud deshonesta, utiliza una felicitación que le hizo de buena fe el Obispo Baldemar Rodríguez, para escribirle al juez que de hecho, el Pastor Baldemar Rodríguez Obispo en el pasado de la Asamblea Apostólica personalmente y públicamente lo felicitó por conducir una elección “bien corrida”.
Misael Zaragoza, Pastor en National City, Ca., si fue buen conductor detrás del púlpito, pero lamentablemente también ha sido muy bueno, apoyando un fraude electoral.
Una interesante pregunta es - ¿Por qué Valverde calificaría a Misael Zaragoza como Secretario, cuando estuvo al frente de la Comisión Calificadora en las elecciones del Distrito Sur de California, cuando ellos tuvieron su Convención Distrital en Octubre del 2007, aunque hubo objeciones en contra de Misael Zaragoza? ¿Sería gracias a la magia del CID? ó, ¿Por qué sería?
Qué pregunta tan difícil de contestar, ¿No? - ¡Dios tenga misericordia también, de Misael Zaragoza!
The whole bunch are a bunch of liers. They all need to go.
Sanches
Malverde
Pinoccheo
Espinoza
Guzman
Gaxiola
Del Taco
Zaragoza
Aguilar
Prado
Buffet maffet
so true
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